Ordenanza reguladora de la
tasa por expedición de licencia de apertura de establecimientos |
|
Constituye hecho imponible de la tasa de actividad
municipal, tanto técnica como administrativa, tendente a verificar si los establecimientos
industriales y mercantiles reúnen las condiciones de tranquilidad, sanidad y salubridad y
cualesquiera otras exigidas por las correspondientes ordenanzas y reglamentos municipales o
generales para su normal funcionamiento, como presupuesto necesario y previo referido a la
autorización ambiental integrada, la licencia ambiental y la comunicación ambiental, conforme a la
Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalitat Valenciana , de prevención y calidad ambiental, o en
materia de espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas, conforme a la Ley
4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat Valenciana, en relación con el articulo 22 del
Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales. |
|